Características del Programa
Dentro de la formación universitaria, cada vez se valora más la posibilidad que el estudiante aplique todo aquello aprendido a la carrera. Las prácticas en empresas e instituciones suponen un complemento formativo imprescindible para poder enfrentarse con el mundo laboral una vez finalizados sus estudios.
Para la empresa, supone la oportunidad de formar un profesional que, en un futuro, puede pasar a formar parte de su plantilla. Para el estudiante, es la mejor manera de adquirir una primera experiencia laboral y, así comenzar el camino el mundo profesional.
Con la finalidad de garantizar que la realización de las prácticas sea de provecho para ambas partes (participante de los cursos-empresa), es necesario tener en cuenta los siguientes consideraciones:
- La empresa tiene derecho a seleccionar a los candidatos
- La práctica se debe realizar en el ámbito tecnológico propio de cada participante
- El Convenio de Cooperación Educativa se podrá firmar en el periodo en el cual el participante se encuentre vinculado a los programas de formación en Secretaría se du matrícula, hasta la finalización del año académico correspondiente a la acción formativa realizada.
- El horario de prácticas ha de ser compatible con el curso.
- Las prácticas ofrecidas por la empresa deben ser remuneradas.
- Generalmente, la empresa pagará a la Fundació CIM mensualmente el total correspondiente a la beca en concepto de donación y será la Fundació CIM quien mensualmente pague al becario. Si el funcionamiento de la empresa así lo recomienda, puede ser la empresa quien pague al becario mensualmente, y abone el correspondiente al cargo total de la beca a la Fundació al inicio del convenio.
- Los pagos se realizan con un cargo del 15% en concepto de gestión y seguro del alumno.
- Estas prácticas, sin ningún vínculo laboral, no cotizan en la Seguridad Social atendida la relación académica establecida entre becario y empresa.
- El Convenio de Cooperación Educativa firmado entre la Fundació CIM i la empresa, asó como la concesión de beca y el acuerdo de prácticas son documentos que dan la cobertura legal adecuada. El estudiante queda cubierto de accidentes y responsabilidad civil mediante una póliza de seguros subscrita por la Fundació CIM.
- El régimen jurídico de esta relación está previsto a la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin finalidades lucrativas y de los incentivos fiscales al mecenazgo. (BOE 24/12/2002), modificado por la ley 62/2003, de 30 de diciembre (BOE 31/12/2003).
En caso que un candidato contacte directamente con una empresa y esta esté interesada en la formalización de un convenio de cooperación educativa, se puede poner en contacto con nosotros (borsadetreball@cim.upc.edu) y se procederá a la tramitación el convenio.
Para más información, puede consultar AQUÍ.






